Art.121 fracc. I de la LTAIPRC

 ( Marco Normativo)

(antes) Art.14  fracc. I

Articulo:121. Los sujetos obligados,deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares,difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos,de sus sitios de Internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia,la información ,por lo menos , de los temas,documentos y políticas siguientes según les corresponda.

 Fracción I: El marco normativo aplicable al Ente Obligado, en la que deberá incluirse la gaceta oficial, leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, reglas de procedimiento, manuales administrativos, políticas emitidas aplicables al ámbito de su competencia,entre otros;

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