Instalación de alumbrado público en vías secundarias

Servicios Urbanos

INSTALACIÓN DE ALUMBRADO PÚBLICO

¿EN QUÉ CONSISTE? 

Servicios que el Gobierno del Distrito Federal presta a todos los habitantes a través de las Delegaciones Políticas en materia de instalación de alumbrado público, luminarias nuevas e instalación temporal de alumbrado decorativo, previa dictaminación técnica y de propiedades, privilegiando aquellos lugares donde no hay red de alumbrado público, o en donde el servicio es insuficiente.

¿A QUIÉN ESTÁ DIRIGIDO?     

A los usuarios de los servicios urbanos del Distrito Federal.

¿CUALÉS SON LAS ÁREAS DE ATENCIÓN?

  • LOCATEL: 56 58 11 11, las 24 horas los 365 días del año, y
  • Centros de Servicio y Atención Ciudadana (CESAC) de las 16 Delegaciones Políticas del Distrito Federal, en un horario de atención de 9:00 a 14:00 horas en días hábiles (consultar directorio).

¿CUALÉS SON LOS REQUISITOS? 

Para solicitar la instalación de alumbrado público, los ciudadanos podrán presentar su solicitud por escrito o vía telefónica en las Delegaciones del Gobierno del Distrito Federal y LOCATEL, o vía correo electrónico de los CESAC, proporcionando los siguientes datos:

  1. Nombre completo del solicitante
  2. Domicilio del solicitante (calle y número, colonia, Delegación, C.P.)
  3. Domicilio o ubicación exacta del servicio solicitado, con referencias (entre que calles se encuentra)
  4. Teléfono y/o correo electrónico para aclaraciones o notificaciones
  5. Esta solicitud puede presentarse vía escrita, por teléfono y en persona en el Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC).

¿CUÁL ES EL FORMATO REQUERIDO?

S/F

¿CUÁL ES EL NÚMERO DEL SERVICIO? 

SURB 08

¿CUÁL ES EL TIEMPO DE RESPUESTA O REALIZACIÓN DEL SERVICIO?

10 días hábiles (las actividades están sujetas a evaluación técnica y programación, por lo que el tiempo de realización puede variar).

¿CUÁL ES EL COSTO?      

Gratuito.

¿CUÁL ES EL BENEFICIO O RESULTADO?

Contar con alumbrado público en las zonas de la Ciudad de México que carecen de él, generando un  ambiente de mayor seguridad por la noche, además de contar con apoyo en iluminación para épocas festivas.

¿DÓNDE SE REPORTAN LAS QUEJAS O SUGERENCIAS? 

  • Contraloría Interna de las delegación política en donde se solicitó el servicio  (consultar directorio).
  • Contraloría General del Distrito Federal, ubicada en Av. Juárez número 92, planta baja, Col. Centro, teléfono 5627-9700 extensiones 50200, 50203 y 50205.
  • QUEJATEL con número telefónico 5658-11-11.
  • HONESTEL de la Contraloría General del Distrito Federal, teléfono 5062-2222 (para reportar el comportamiento de funcionarios públicos).

¿CUÁL ES EL FUNDAMENTO JURÍDICO?   

  • Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.- Artículo 39, fracción XXXII.
  • Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal.- Artículo 14, 75, 76 y 84.
  • Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.- Artículo 23.
  • Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.- Artículos 49, 57 y 58.
  • Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal.
  • Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.

¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO?

  1. El solicitante entrega en el Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC) el escrito o solicitud de servicios o en su caso, datos de captura, los cuales se registran en el sistema de cómputo y en el Libro de Gobierno del CESAC.
  2. El sistema de cómputo asigna número de folio, mismo que se registra ante el libro de Gobierno y se turna al Responsable del CESAC para su seguimiento.
  3. El CESAC turna solicitud a la Unidad Administrativa Responsable (Dirección General de Obras y Servicios Urbanos, DGOSU), recibe y revisa el expediente. Se prioriza el servicio público solicitado y emite resolución debidamente fundada y motivada.
  4. Se emite resolución y fecha en la que se prestará el servicio y se turna al responsable de CESAC.
  5. La información se ingresa en el sistema de cómputo y el Libro de Gobierno.
  6. Se entrega al interesado respuesta y señala fecha en la que se prestará el servicio.
  7. Se ejecuta el servicio requerido.
  8. Se concluye el procedimiento.

OBSERVACIONES:

El tiempo de respuesta puede variar de acuerdo a la demanda del servicio y a la infraestructura instalada para proveerlo.