Verificación y quejas a establecimientos mercantiles y públicos

Verificaciones

VERIFICACIÓN Y QUEJAS A ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES Y PÚBLICOS

 ¿EN QUÉ CONSISTE?

Servicios que prestan las Delegaciones para atender quejas y realizar verificaciones al funcionamiento de establecimientos mercantiles y giros mercantiles con la única finalidad de que cumplan con los requisitos establecidos por Ley de establecimientos mercantiles del Distrito Federal, o por su afectación a los vecinos del establecimiento.

¿A QUIÉN ESTA DIRIGIDO?

A los residentes del Distrito Federal que soliciten los servicios de verificación a un establecimiento mercantil.

¿CUÁLES SON LAS ÁREAS DE ATENCIÓN?

  • LOCATEL: 56 58 11 11, las 24 horas los 365 días del año, y
  • Centros de Servicio y Atención Ciudadana (CESAC) de las 16 Delegaciones Políticas del Distrito Federal, en un horario de atención de 9:00 a 14:00 horas en días hábiles (consultar directorio).

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS?

Para solicitar cualquier servicio de revisión o verificación., el o los interesado(s) deberán presentar su solicitud ante LOCATEL, o en los CESAC delegacionales, proporcionando la siguiente información:

  1. Presentar solicitud escrita ante el CESAC con copia, dirigida al área de competencia, en la cual se exponga claramente la problemática o razones que constituyen omisiones o afectaciones que justifiquen la verificación, además de integrar en la solicitud la siguiente información:
  2. Nombre completo y firma del solicitante
  3. Domicilio del solicitante (calle y número, colonia, Delegación, C.P.)
  4. Teléfono y/o correo electrónico para aclaraciones o notificaciones
  5. Denominación y giro del establecimiento mercantil (en su caso)
  6. Croquis o domicilio del lugar de la obra o establecimiento a verificar (con referencias). Adicionalmente presentar:
  7. Copia de credencial de elector del IFE
  8. Proporcionar material fotográfico o de video que muestre las probables irregularidades del establecimiento (opcional)

¿CUÁL ES FORMATO REQUERIDO?

S/F

¿CUÁL ES EL NÚMERO DEL SERVICIO?

VERIF 01

¿CUÁL ES EL TIEMPO DE RESPUESTA O REALIZACIÓN DEL SERVICIO?

7 días hábiles (las actividades están sujetas a evaluación y programación, por lo que el tiempo de realización puede variar).

¿CUÁL ES EL COSTO?

Gratuito.

¿CUÁL ES EL BENEFICIO O RESULTADO?

Garantizar el correcto funcionamiento de los establecimientos mercantiles y salvaguardar la seguridad de los ciudadanos, a través de la verificación del cumplimiento de la Ley de establecimientos mercantiles.

¿DÓNDE SE REPORTAN LAS QUEJAS O SUGERENCIAS?

  • Contraloría Interna de las delegación política en donde se solicitó el servicio  (consultar directorio).
  • Contraloría General del Distrito Federal, ubicada en Av. Juárez número 92, planta baja, Col. Centro, teléfono 5627-9700 extensiones 50200, 50203 y 50205.
  • QUEJATEL con número telefónico 5658-11-11.
  • HONESTEL de la Contraloría General del Distrito Federal, teléfono 5062-2222 (para reportar el comportamiento de funcionarios públicos).

¿CUÁL ES EL FUNDAMENTO JURÍDICO?

  • Ley Orgánica de la Administración Pública.- Artículo 39, fracción IV, V, VI, VIII, XII, XV; 124, fracción IX.
  • Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal.
  • Ley de Protección Civil para el Distrito Federal.
  • Ley para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal.
  • Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.- Artículo 44, fracción II, III y IV.
  • Reglamento de Verificación Administrativa para el Distrito Federal.

¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO?

  1. El usuario entrega en el Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC) la solicitud de verificación, o en caso, datos de captura, los cuales se registran en el sistema de cómputo y en el Libro de Gobierno del CESAC.
  2. El sistema de cómputo asigna número de folio, mismo que se registra ante el libro de Gobierno y se turna al Responsable del CESAC para su seguimiento.
  3. El CESAC turna solicitud a la Unidad Administrativa Responsable (Dirección General Jurídica y de Gobierno), quien recibe y revisa el expediente. Se prioriza el servicio público solicitado y emite resolución debidamente fundada y motivada.
  4. Se emite resolución y fecha en la que se prestará el servicio y se turna al responsable de CESAC.
  5. La información se ingresa en el sistema de cómputo y el Libro de Gobierno.
  6. Se entrega al interesado respuesta y señala fecha en la que se prestará el servicio.
  7. Se realiza la verificación.
  8. Se concluye el procedimiento.

OBSERVACIONES:

El tiempo de respuesta puede variar de acuerdo a la demanda del servicio y a la disponibilidad de recursos.