Verificación de anuncios

Verificaciones

VERIFICACIÓN DE ANUNCIOS

 ¿EN QUÉ CONSISTE?

Servicios que prestan las Delegaciones para realizar inspecciones a los diferentes tipos de anuncios, expresiones gráficas o escritas que señalen promuevan o difundan cualquier mensaje relacionado con la producción y venta de bienes o aquel mobiliario urbano con publicidad integrada, que representen algún tipo de riesgo para la seguridad de los ciudadanos o para sus bienes, además de verificar el aseguramiento de que el anuncio se apegue a la normatividad aplicable.

¿A QUIÉN ESTA DIRIGIDO?

A los residentes del Distrito Federal que soliciten los servicios de verificación de anuncios en la Ciudad de México.

¿CUÁLES SON LAS ÁREAS DE ATENCIÓN?

  • LOCATEL: 56 58 11 11, las 24 horas los 365 días del año, y
  • Centros de Servicio y Atención Ciudadana (CESAC) de las 16 Delegaciones Políticas del Distrito Federal, en un horario de atención de 9:00 a 14:00 horas en días hábiles (consultar directorio).

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS?

Para solicitar el servicio de verificación., el interesado deberá presentar su solicitud ante LOCATEL, o en los CESAC delegacionales, proporcionando la siguiente información:

  1. Presentar solicitud escrita ante el CESAC con copia, dirigida al área de competencia, en la cual se exponga claramente la problemática o razones que constituyen omisiones o afectaciones que justifiquen la verificación, además de integrar en la solicitud la siguiente información:
  2. Nombre completo y firma del solicitante
  3. Domicilio del solicitante (calle y número, colonia, Delegación, C.P.)
  4. Teléfono y/o correo electrónico para aclaraciones o notificaciones
  5. Denominación y giro del establecimiento mercantil (en su caso)
  6. Croquis o domicilio del lugar de la obra o establecimiento a verificar (con referencias). Adicionalmente presentar:
  7. Copia de credencial de elector del IFE
  8. Proporcionar material fotográfico o de video que muestre las probables irregularidades del establecimiento (opcional)

¿CUÁL ES FORMATO REQUERIDO?

S/F

¿CUÁL ES EL NÚMERO DEL SERVICIO?

VERIF 05

¿CUÁL ES EL TIEMPO DE RESPUESTA O REALIZACIÓN DEL SERVICIO?

7 días hábiles (las actividades están sujetas a evaluación y programación, por lo que el tiempo de realización puede variar).

¿CUÁL ES EL COSTO?

Gratuito.

¿CUÁL ES EL BENEFICIO O RESULTADO?

Garantizar el correcto funcionamiento de los estacionamientos públicos y privados de la Ciudad de México y verificar su funcionamiento conforme a la normatividad aplicable.

¿DÓNDE SE REPORTAN LAS QUEJAS O SUGERENCIAS?

  • Contraloría Interna de las delegación política en donde se solicitó el servicio  (consultar directorio).
  • Contraloría General del Distrito Federal, ubicada en Av. Juárez número 92, planta baja, Col. Centro, teléfono 5627-9700 extensiones 50200, 50203 y 50205.
  • QUEJATEL con número telefónico 5658-11-11.
  • HONESTEL de la Contraloría General del Distrito Federal, teléfono 5062-2222 (para reportar el comportamiento de funcionarios públicos).

¿CUÁL ES EL FUNDAMENTO JURÍDICO?

  • Ley Orgánica de la Administración Pública.- Artículo 39 fracción V.
  • Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal.
  • Ley de Protección Civil para el Distrito Federal.
  • Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal,- Artículo 50, fracción XXXVI; 50 A, fracción I, II, III, IV, V; 126, fracción VI.
  • Reglamento de Verificación Administrativa para el Distrito Federal.

¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO?

  1. El usuario entrega en el Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC) la solicitud de verificación, o en caso, datos de captura, los cuales se registran en el sistema de cómputo y en el Libro de Gobierno del CESAC.
  2. El sistema de cómputo asigna número de folio, mismo que se registra ante el libro de Gobierno y se turna al Responsable del CESAC para su seguimiento.
  3. El CESAC turna solicitud a la Unidad Administrativa Responsable (Dirección General Jurídica y de Gobierno), quien recibe y revisa el expediente. Se prioriza el servicio público solicitado y emite resolución debidamente fundada y motivada.
  4. Se emite resolución y fecha en la que se prestará el servicio y se turna al responsable de CESAC.
  5. La información se ingresa en el sistema de cómputo y el Libro de Gobierno.
  6. Se entrega al interesado respuesta y señala fecha en la que se prestará el servicio.
  7. Se realiza la verificación.
  8. Se concluye el procedimiento.

OBSERVACIONES:

El tiempo de respuesta puede variar de acuerdo a la demanda del servicio y a la disponibilidad de recursos.